!El Tribunal Supremo ha confirmado que vender parcelas rústicas para instalar casas prefabricadas o casas móviles puede constituir un delito contra la ordenación del territorio cuando el suelo no permite ese uso, no existe licencia urbanística y tiene una finalidad residencial. Y es que, según señala el Alto Tribunal, lo importante no es el nombre utilizado en los contratos, sino lo que realmente se ejecuta sobre el terreno!

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