!El Noticiero Español
Inducción a la guerra (Art. 581): El español que induzca a una potencia extranjera a declarar la guerra a España o se alíe con ella para ese fin recibe una pena de 15 a 20 años de prisión.
Ayuda al enemigo (Art. 582): Facilitar al enemigo la entrada a España, la toma de bases militares, buques o aeronaves se castiga con penas de 12 a 20 años de prisión.
Tomar las armas contra España (Art. 583): El español que combata contra su propia patria bajo banderas enemigas se enfrenta a penas de 12 a 20 años de prisión. La pena sube si actúa como jefe o promotor. [1, 2]
Ámbito militar: Si el delito lo comete un militar en activo, se aplica el Código Penal Militar, el cual eleva las penas de prisión de 15 a 25 años.
Art.14 Constitución española 1978
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